Autorizar el ingreso de restos a las Necrópolis del Departamento
- Si los restos se encuentran en un Cementerio dentro del País, debe presentar la siguiente documentación:
- Cédula de Identidad del solicitante. Original y fotocopia. De acuerdo al orden de prelación.
- Certificado o Partida de Defunción.
- Guía de traslado del Cementerio origen.
- Título de propiedad o contrato de arrendamiento. (si fuese propiedad funeraria)
- Si los restos se encuentran en otro País, debe presentar la siguiente documentación:
- Cédula de Identidad del solicitante. Original y fotocopia.
- Se requiere por su orden de prelación firma del cónyuge supérstite, hijos, padres y hermanos
- Partida de Nacimiento y de Defunción.
- Guía de traslado del Cementerio origen.
- Certificado de Aduana de ingreso de los restos al País.
- Constancia de traslado en buque, avión u otro medio.
- Consentimiento por parte de los familiares del extinto. - Certificado de embalsamiento (en caso de ingresar en ataúd). - Título acreditando derecho de uso de bien funerario o contrato.-
- Declaración del consulado del país donde se encuentran los restos.-
- Traducción de la documentación si esta viniese en otro idioma.-
Lunes a Viernes de 09:00 a 15:30 horas