GUÍA DE TRÁMITES

Renovación de Permiso de Conducir categorías A, G1 o G2

Actualizado:
Es posible hacerlo modalidad presencial
No es posible hacerlo vía telefónica
No es posible hacerlo vía Web
Descripción: 

Trámite mediante el cual se gestiona la extensión del plazo del permiso para conducir expedido en cualquier Intendencia del país, siempre que sea en la misma categoría, con la previa aprobación de los exámenes necesarios.

Requisitos de inicio: 

 
 
 

  • - La licencia debe estar dentro de los 30 días previos al vencimiento o vencida no más de dos años.

 

 
 

  • -  Cédula de identidad o pasaporte uruguayo vigentes y en buen estado. 

 

 

  • En caso de tramitar un permiso categorías B, C, D, E, F, G3, H con examen médico en la Intendencia el mismo día que uno cat. A, G1 o G2, no es necesario que presente el certificado de aptitud de clínica externa.

 

  • - Todas las licencias de conducir que posea, aún vencidas. En caso de hurto o extravío de alguna de ellas, presentar la constancia de denuncia policial.

 

  • - En caso de tener licencias de conducir de otros departamentos cuyo vencimiento supere al otorgado en el certificado médico presentado, deben ser homologadas mediante el trámite correspondiente. Ver Homologación según la categoría.

 
 
 
 
 
 
A tener en cuenta:
 
 
- Si la licencia está vencida más de dos años a la fecha de inicio del trámite, debe rendir teórico y práctico de acuerdo a la categoría a la que aspire. (Ver requisitos de segunda etapa).

- Con 75 años cumplidos debe rendir examen/es práctico/s de acuerdo a la categoría solicitada. (Ver requisitos de segunda etapa).

 

Observaciones: 

Las licencias de conducir no podrán ser renovadas sino hasta dentro de los 30 días previos a su vencimiento. 
 
 
No podrá solicitar Licencia de Conducir:
- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si tiene multas pendientes de pago.
 

Donde iniciar el trámite:
Lugar/es: 
Oficina central
Municipio de Atlántida
Municipio de Ciudad de la Costa
Municipio de Colonia Nicolich
Municipio de La Paz
Municipio de Las Piedras
Municipio de Pando
Municipio de Paso Carrasco
Municipio de Santa Lucía
Municipio de Sauce
Municipio de Tala
Horario Presencial: 

Lunes a Viernes de 09:00 a 15:30 horas

Requisitos segunda etapa: 
  • Examen Psicofísico:

- El examen médico debe efectuarlo en una prestadora de salud externa y presentar el certificado de aptitud al momento de comenzar el trámite. Ver Instituciones habilitadas en: https://www.imcanelones.gub.uy/es/tramites-y-servicios-de-transito-y-tra...
 

En caso que de un certificado de aptitud física (sea interno o externo) surja la inhabilitación, modificación de categoría, plazo de vigencia o restricciones de otra licencia de conducir que mantuviera vigente, deberá realizarse la adecuación de todas las licencias conforme al dictamen médico. 
 
- Con licencia vencida dos años, se exige teórico y práctico.
- A partir de los 75 años aunque la licencia no estuviera vencida, se exige práctico.
 
 
Examen Teórico
Guía nacional de conducción – Autos y motos
http://www.imcanelones.gub.uy/servicios/tramites-y-servicios/licencia-de...
 
 
 
 
 
Examen Práctico:

- Pruebas de pista: Cambio de Frente, Marcha Atrás y Atraque (Estacionamiento)
- Pruebas de circulación: Evaluación en la vía pública.
- Para Categorías G1 o G2: Slalon, Circulos, Dominio del frenado, Giro con trayectoria y Circulación.
- Vehículo acorde a la categoría que solicita.
 

Tener en cuenta:
 
Categoría G1. Permite la conducción de ciclomotores de hasta 50 cc sin cambios. La prueba práctica se debe rendir con ciclomotor de hasta 50 cc o birrodado eléctrico de hasta 1620 W.
 
Categoría G2. Permite conducir motocicletas y ciclomotores hasta 200 cc. El examen práctico será tomado con motocicletas con cambios no automáticos de hasta 200 cc. No se admiten vehículos eléctricos.
 
Categoría A: Permite conducir vehículos de hasta 9 pasajeros y 4000 kg. de peso total incluído remolque. Práctico con auto o camioneta. No se admiten vehículos tipo Citycar, ni afectación a Servicios Públicos como taxímetros o remises.
Vehículos de alquiler que presenten contrato y no libreta de circulación, queda sujeto a lo que establezcan las cláusulas de dicho contrato.
 
 
 
 
- Documentación necesaria:

 
• Libreta de circulación del vehículo en el que se rendirá la prueba práctica.
 
• Recibo de patente al día.
 
• Certificado S.O.A (Seguro Obligatorio Automotor).
 
• Acompañante acorde a la categoría que solicita el aspirante con licencia de conducir vigente, quien deberá conducir el vehículo hasta ingresar a la pista de examen y retirarlo una vez culminado.
 

En categorías G1 o G2 se admite transportar el vehículo sobre otro sin necesidad de presentar acompañante con permiso de conducir motos. Si quien tramita la licenica de moto tiene permiso de conducir para el vehículo en el que lleva cargada la moto, puede ingresar la misma persona. Se requiere DIV y SOA del/los vehículo/s, así como al día de toda deuda por multas o patente.

 

- Cuando se ingrese para la prueba un vehículo de alquiler sin el documento de identificación del vehículo DIV (original), se debe presentar conjuntamente con el contrato, un autorización expedida por la Rentadora para que la persona que rendirá la prueba pueda hacerlo.
 
 
 
 

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