Trámite mediante el cual se presenta impugnación sobre un procedimiento efectuado por personal inspectivo de Tránsito, en el cual se haya aplicado una multa por contravención a la Ordenanza General de Tránsito.
¿Quien puede realizarlo?
* Titular del vehículo o representante con Carta Poder.
* Conductor del vehículo en el momento de la infracción.
En forma Presencial
Presentar nota o Formulario efectuando la solicitud con lo siguiente:
- Datos de quien reclama: Nombre y apellido - Cédula de identidad - Domicilio, Ciudad y Localidad - Teléfono - Correo electrónico
- Datos del Vehículo: Nº Padrón - Nº Matricula - Marca - Modelo - Año
- Datos del conductor al momento de la infracción.
- Datos de la infracción: fecha y número de boleta en caso de poseerla.
- Motivo del Reclamo
- Carta poder en caso de actuar un representante.
En forma Web:
Aportando toda la información que se requiere y completar formulario.
- Los conductores que hayan sido notificados en el momento de aplicada la contravención, dispondrán de un plazo de 10 días para presentar la impugnación de acuerdo a la Ley Nº 15869.
- Las multas aplicadas por el Ministerio del Interior a traves de Policía Nacional de Tránsito deben impugnarse ante dicho organismo, aunque las mismas se encuentren ingresadas a vehículos empadronados en la Intendencia de Canelones.
Lunes a Viernes de 09:00 a 15:30 horas