GUÍA DE TRÁMITES

Certificado Ley 17.930 Art. 358

Actualizado:
Es posible hacerlo modalidad presencial
No es posible hacerlo vía telefónica
Es posible hacerlo vía Web
Descripción: 

 
Solicitud de Certificado para ventas indivisas de padrones Urbanos no Consolidados, Suburbanos y Rurales.

¿Quién puede realizar la solicitud?: 

Gestión promovida por Escribano Público

Requisitos de inicio: 

Datos completos del solicitante.
Datos catastrales del inmueble.
Datos completos de los compradores y vendedores.
Porcentaje de la venta y compra referida.
 

Horario Presencial: 

Lunes a Viernes de 09:00 a 15:30 horas

Procedimiento: 

 
Web
 
01- El usuario ingresa al portal de trámites, busca el trámite de su interés y se informa de los requisitos necesarios para la solicitud.
02- Ingresa a "Canelones en líne@" previamente registrado con usuario y contraseña
03- Ingresa en nuevo trámite y selecciona el trámite a realizar.
04- Completa los datos indicados.
05- Ingresa en nuevo documento,  selecciona crear en el documento seleccionado, completa los datos indicados, adjunta y guarda el documento.
06-  Selecciona Enviar datos.
 
Gerencia de Área de Fraccionamiento
 
07- El funcionario ingresa al módulo formularios electrónicos y recibe la solicitud.
08- Controla los datos ingresados:
08.1-  Si todo es correcto, procede a efectuar la liquidación. Selecciona agregar informe, indica el tipo de solicitud, adjunta liquidación y detalla número de pago en redes de cobranza, informando plazo de 10 días para realizar el pago.
08.2- Si no son correctos. Ingresa las observaciones en el campo indicado y remite al usuario para su conocimiento, informando plazo de 10 días para realizar las correcciones correspondientes.
 
Web
 
09-El usuario recibe correo electrónico indicando que debe ingresar "Canelones en líne@" para informarse de las acciones realizadas en el trámite solicitado.
09.1-Si recibió la liquidación de tasas, imprime el talón y se dirige a la red externa de cobranzas a efectuar el pago  o concurre a  las oficinas municipales que correspondan a efectuar el pago.
09.2-Si recibió información de datos erróneos, corrige los mismos y vuelve a enviar la solicitud dentro  del plazo otorgado.
 
Departamento administrativo
 
10- El funcionario ingresa al modulo formularios, ingresa al trámite y verifica.
10.1- Si recibió información de pago,  remite a Gerencia de Área de Fraccionamiento.
10.2- Si recibió información faltante, retoma en paso 08.
10.3- Vencido el plazo, archiva la solicitud
 
Gerencia de Área de Fraccionamiento
 
 

11- El funcionario recibe formulario y procede a realizar estudio de la solicitud.
11.1- En caso de no estar comprendido en el Artículo 358 de la ley 17930, se expide el certificado solicitado.
11.2-En caso de estar comprendido  en el Artículo 358 de la ley 17930, se emite informe al respecto.
12- Notifica al ciudadano sobre lo resuelto:
12.1-Si se expidió certificado, adjunta y envía la misma.
12.2-No se expide certificado, se informan causas de negación. Finaliza el trámite.
12.2.1- Se deja constancia de la notificación en el formulario.
13- Archiva formulario.

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