GUÍA DE TRÁMITES

Habilitación de Funcionamiento Tipo A

Actualizado:
Es posible hacerlo modalidad presencial
No es posible hacerlo vía telefónica
Es posible hacerlo vía Web
Descripción: 

Trámite mediante el cual la Administración Departamental o Municipal, concede la habilitación temporal de la actividad en el emplazamiento físico en el que se desarrollan, según las condiciones reglamentarias, de salud, higiénico ambientales, aspectos bromatológicos, seguridad y habitabilidad, establecidas por normativa.
Según el destino, el área, el emplazamiento específico o los impactos derivados de la actividad que se
pretenda habilitar, deberá haber gestionado y obtenido con anterioridad la viabilidad de uso correspondiente.
 
Tipo A: Cuando las áreas de construcciones relacionadas al giro, no superen los 300 m2 y se trate de emprendimientos que no constituyan un potencial impacto en el uso del suelo, en relación a su escala y las afectaciones al entorno y el ambiente.

¿Quién puede realizar la solicitud?: 

• La tramitación será iniciada por el titular del giro, usuario/a persona física o jurídica; que presente las solicitudes en representación del giro a instalarse con el cual debe estar vinculado, en calidad de titular del mismo.

Requisitos de inicio: 

 
Generales:
 
Formulario de Habilitación de Funcionamiento Tipo A.
Constancia emitida por Simulador de habilitación de funcionamiento.
Minuta o certificado notarial de propiedad según modelo proporcionado por la Administración.
Carta poder en caso de actuar en representación de una empresa.
Certificado de estar al día con DGI.
Croquis o plano detallando las instalaciones del establecimiento, enumerando cada sector e indicando la actividad que se desarrolla en cada uno de ellos, firmado por el titular o apoderado.
Habilitación ante DNB vigente o en trámite.
Breve descripción de las instalaciones, actividades y procesos.
Contar con pago de Contribución Inmobiliaria al día o convenio de pago vigente (este requisito corresponde en el caso que el solicitante sea propietario del Inmueble. En el caso de otro vínculo jurídico del solicitante con el/los inmuebles, se harán las gestiones para el cobro del impuesto al propietario, siendo exigible estar al día previo al otorgamiento de la Habilitación de Funcionamiento).
 
 
Complementarios:
 

Autorizaciones y habilitaciones emergentes de las áreas específicas de competencia y contralor de la actividad, contempladas en disposiciones de carácter Nacional.
Constancias o Declaraciones Juradas, declarando bajo responsabilidad del solicitante, el cumplimiento de normativas nacionales, departamentales o municipales que regulan la actividad, según el caso.
Contar con planos habilitados de Permiso de Construcción o gestión en trámite, de los inmuebles involucrados. En el caso que el solicitante no sea propietario de los inmuebles, se harán las gestiones para su requerimiento al propietario.

Donde iniciar el trámite:
Lugar/es: 
Oficina central
Horario Presencial: 

Lunes a Viernes de 09:00 a 15:30 horas

Inicio vía web:
Procedimiento: 

 
Procedimiento Canelones en Línea
 

Web
 
01-La persona solicitante ingresa al portal de trámites, busca el trámite de su interés y se informa de los requisitos necesarios para la solicitud.
02- Ingresa a "Canelones en línea@", con registro previo ingresando usuario y contraseña
03- Selecciona el trámite a realizar.
04- Completa los datos indicados.
05- Adjunta la documentación solicitada.
06- Selecciona enviar.
 
Dirección de Contralor
 
07- El/la funcionario/a ingresa al módulo formularios electrónicos y recibe la solicitud.
08- Controla los datos ingresados:
08.1- Si todo es correcto, procede a efectuar la liquidación, informando plazo de 10 días para realizar el pago.
08.2- Si no son correctos. Ingresa las observaciones en el campo indicado, se otorga plazo de 10 días para realizar las correcciones correspondientes.
 

Web
 
09-La persona usuaria recibe correo electrónico e ingresa a "Canelones en línea@"
9.1-Si recibió la liquidación de tasas, realiza el pago.
09.2-Si recibió información de datos erróneos, corrige los mismos y vuelve a enviar la solicitud dentro del plazo otorgado.
 
Dirección de Contralor
 
10- El/la funcionario/a ingresa al módulo formularios, recibe el trámite y verifica.
10.1- Si recibió información de pago, crea expediente Habilitación de funcionamiento Tipo A.
10.2- Si recibió información faltante, retoma en paso 08.
10.3- Vencido el plazo, archiva la solicitud
11- Realiza los registros correspondientes, entre ellos Ficha Padronímica.
12- Coordina inspección
13- Realiza inspección, emite informe y determina:
13.1 Si implica cambiar de tipo de habilitación de funcionamiento, se comunica a la persona interesada. Retoma paso 3.
13.2- Realizar nueva inspección. Mantiene expediente en espera por el plazo otorgado. Es posible realizar hasta 3 inspecciones.
13.3- Si es necesario solicita informes a otras unidades remite expediente a la unidad que corresponda. Una vez recibida la información solicitada se analiza
13.4- Emite informe técnico y envía expediente al Municipio que corresponde el trámite (De acuerdo a la ubicación del emprendimiento que solicita la habilitación).
Nota:
- Debe contar con DNB vigente o en caso de ser plan gradual en la etapa correspondiente y con declaración jurada de medidas básicas instaladas.
- En caso de existir algún requisito determinado como no sustancial en trámite, podrá considerarse otorgamiento de Habilitación de Funcionamiento provisoria, por plazo no mayor a dos (2) años.
- Si cumplidas las instancias de 3 inspecciones, persistieran observaciones, debe abonar nuevamente el costo de la gestión.
 
Municipio
 
14- Recibe expediente, toma conocimiento de informe técnico y redacta proyecto de resolución de acuerdo  a los términos del mismo.
15- Ingresa al Módulo de resoluciones y sube resolución.
16- Remite expediente a Despachos, supervisa y envía resolución. Cuando recibe notificación, firma Acuerdo el Alcalde/esa.

Despachos y Acuerdos
 
17- Despachos y Acuerdos remite expediente con resolución inserta a la  Dirección de Contralor que redactó informe técnico.
 
Dirección de Contralor
 
18- Recibe expediente y toma conocimiento. Imprime Código QR y lo envía a través de mensajero al Municipio correspondiente. (Lleva registro de entrega)
19- Mantiene expediente en reserva por el plazo otorgado.
20- Actúa de acuerdo a los procedimientos habituales de renovación de trámite o reválida.
 
Municipio
 
21- El Municipio cita al solicitante y bajo firma entrega Código QR al solicitante.
 
 
Procedimiento presencial
 

En caso que la persona realice el trámite en forma presencial la Dirección de Contralor, recibe documentación, crea expediente e inicia procedimiento en paso 08.

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